Les informamos que ha sido publicadas la Convocatoria de Ayudas de la Agencia Valenciana de Turismo a Empresas Turísticas para el ejercicio 2017, en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana, (NUM. 8038 / 12.05.2017).

En esta ocasión las ayudas son muy restrictivas pues solo se subvencionaran inversiones de al menos 15.000€ * y en programas muy específicos.

Por ello solo exponemos aquí la información más relevante

Si usted está realmente interesado y tiene un proyecto que se ajusta a los programas que exponemos, debe llamarnos al 630030785 o enviar un mail a remec@aehtma.com y le informaremos con más detenimiento

EN INVATTUR se celebrará un l “Taller de Resolución Particularizada de Dudas y Consultas” relativo a las Ayudas a Empresas Turísticas 2016, el próximo 17 de mayo a las 11:30 h. en el INVATTUR.

CONSIDERACIONES IMPORTANTES

Plazo

El plazo de presentación de solicitudes se inicia el 12/5/2017 y finaliza el 1/06/2017.

Las solicitudes junto con la documentación necesaria se presentará UNICAMENTE para las personas jurídicas por vía telemática (es por tanto preciso tener firma digital), las personas físicas las podrán presentar de forma telemática o física

INVERSIÓN MÍNIMA

No se contemplan las ayudas cuyo coste sea inferior a 15.000€ salvo los *presentados por empresas de turismo activo que será de 3.000€

Solo se considerarán subvencionables inversiones en activos fijos nuevos.

PERIODO SUBVENCIONABLE:

Se podrá subvencionar gastos correspondientes a proyectos o actuaciones que se desarrollen durante el ejercicio presupuestario 2017, esto es, podrán incluirse todas las actuaciones desarrolladas desde el 1 de enero de 2017. (Art. 4.2.e).

DOTACIÓN ECONÓMICA TOTAL:

Programa 1- 800000 € /Programa 2- 340.000 €/ Programa 3- 263.000 €

Cuantía de la subvención

Programa 1 y 2: entre el 45% y 50 % Programa 3: entre 65% y 75%

LIMITACIONES:

El importe total de las ayudas a una única empresa no excederá de 100.000 euros

PROGRAMAS

PROGRAMA 1 «FOMENTO DE LA COMPETITIVIDAD EMPRESARIAL».

* ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

1.En el Impulso al turismo sostenible y responsable, mediante:

a) Inversiones dirigidas a la racionalización del consumo de recursos naturales y a la minimización de los impactos ambientales generados por los establecimientos turísticos valencianos sobre su entorno, tales como:

  • – Inversiones destinadas a la mejora de la eficiencia energética e hídrica de los establecimientos turísticos: racionalización en consumos de agua, aire acondicionado, sistemas de control digital de temperatura y humedad.
  • – Inversiones destinadas a la reducción del impacto de la actividad turística sobre el entorno: las encaminadas a la reducción de contaminación acústica, lumínica y atmosférica; emisión de humos y eliminación de residuos, sistemas de desinfección complementaria de las conducciones de agua de los establecimientos turísticos.
  • – Inversiones en infraestructuras y equipamiento orientadas a la consecución de un modelo eco-turístico sostenible.

2. En el Impulso del turismo accesible e inclusivo, mediante:

  • a) Actuaciones que faciliten la accesibilidad y uso de los establecimientos turísticos en condiciones tendentes a la igualdad de todas las personas con discapacidad física, visual, auditiva, intelectual y orgánica de los clientes, sean cuales sean sus limitaciones, mediante la incorporación de tecnologías dirigidas a atender sus necesidades.
  • b) Inversiones en obras o sistemas que faciliten la accesibilidad a personas con discapacidad por encima de los requisitos establecidos como obligatorios en la legislación.

3. En el Impulso de la innovación empresarial, mediante:

  • Actuaciones que faciliten el acceso a las últimas aplicaciones técnicas utilizables en la industria turística, fomentando así la innovación en los procesos de negocio y el desarrollo de actividades de I+D+I, tales como aplicaciones para dispositivos móviles enfocados a actividades turísticas; entornos multimedia y de realidad virtual; programas de gamificación orientados a incrementar el conocimiento y disfrute de los recursos y productos; otros elementos tecnológicos encaminados a singularizar la oferta y mejorar la experiencia turística o el uso de software orientado a la mejora de la gestión empresarial turística.

4. En la configuración de servicios turísticos innovadores basados en aplicaciones tecnológicas o en modelos de gestión turística inteligentes, mediante:

  • a) Implantación de sistemas interactivos de información turística, tales como: la instalación de pantallas interactivas en las habitaciones, parcelas, bungalows, apartamentos y en los puntos de acogida de los establecimientos turísticos; adquisición de Smart TV, así como Tablets y software de gestión.
  • b) Instalación de sistemas de apertura inteligente de puertas.
  • c) Incorporación de tecnologías en los establecimientos que permitan la comunicación de voz y datos sin utilizar cables (WIFI), incluyendo todas las habitaciones, parcelas, bungalows, apartamentos y zonas comunes.
  • d) Incorporación de sistemas de gestión inteligente (domótica) del establecimiento.
  • e) Incorporación de tecnologías que permitan la trazabilidad, monitorización y un mayor conocimiento de la demanda turística a través del manejo y tratamiento de datos mediante técnicas de análisis estadísticos, soluciones basadas en el modelo de computación de la nube (cloud computing), tecnologías NFC o soluciones de facturación electrónica.

PROGRAMA 3 «IMPULSO AL MARKETING DE PRODUCTO TURÍSTICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA».

COSTES SUBVENCIONABLES E INTENSIDAD DE LAS AYUDAS

A) Campañas de publicidad:

a.1. Costes relativos a la creatividad y producción de soportes de comunicación gráficos (redacción de textos, fotografías, mapas, fotomecánicas, artes finales, e impresión de folletos y cartelería) y audiovisuales (filmación de spots, vídeos, locución y grabación de cuñas radiofónicas), producción de piezas publicitarias para internet (banners y otros formatos). Los soportes destinados a la promoción online contemplarán su traducción a, al menos, un idioma extranjero o subtítulos en caso de material audiovisual.

a.2. Costes relativos a la planificación y compra de medios y espacios publicitarios (anuncios en televisión, medios escritos, radio, medios online y campañas en buscadores y redes sociales) de las campañas de publicidad de cualquier ámbito.

B) Otros soportes de difusión:

  • b.1 Folletos, catálogos, carteles, vallas, pancartas y otros grandes formatos que formen parte de las campañas de publicidad o como soportes singulares de difusión en, al menos, un idioma extranjero.
  • b.2 Costes relativos a la creación o actualización de contenidos de páginas web, siempre que dichas actualizaciones cumplan las siguientes condiciones: estén orientadas a la comercialización de servicios turísticos mediante un motor de reservas tipo Travel Open Apps o similar, su contenido esté traducido al menos a un idioma extranjero, impliquen renovación de la imagen de la web con imágenes de calidad y de contenido experiencial e incorporen un enlace a la web www.comunitatvalenciana.com.
  • b.3 Costes relativos a acciones de posicionamiento orgánico del website en buscadores y redes sociales.

C) Gastos derivados de la participación en ferias o acciones promocionales

c.1 Costes relativos a transporte y alojamiento motivados por la realización de la actividad subvencionada.

c.2 Costes relativos al alquiler de espacios y medios necesarios para la realización de la actividad subvencionada. Los gastos admitidos en este apartado C no podrán representar más del 20%, 30% o 50% del coste total subvencionable en función de si la actividad subvencionada tiene lugar respectivamente en la Comunitat Valenciana, en el mercado nacional o los mercados internacionales.

D) Gastos derivados de la contratación de asistencia técnica externa para impulsar la gestión de la promoción y comercialización de productos turísticos de la Comunitat Valenciana.

Los gastos admitidos en este apartado D no podrán representar más del 10%, 15% o 20% del coste total subvencionable en función de si la actividad subvencionada tiene lugar respectivamente en la Comunitat Valenciana, en el mercado nacional o los mercados internacionales. No resultarán subvencionables:

  • – Los estudios de análisis previos relativos al producto objeto de la actuación.
  • – Los conceptos de gasto corriente de funcionamiento del solicitante.
  • – El registro de dominios en Internet
  • – La contratación de servicios de animación o personal de apoyo.

 

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Author: AehtmaAdmin